
Urbanización Palacio Imperial
Asociación de Propietarios

Asociación de Propietarios de Urbanización Palacio Imperial, Inc.
(No está disponible en la versión móvil.)
La Asociación de Propietarios es una organización con existencia perpetua, sin propósitos pecuniarios y sin fines de lucro.
No tiene facultad para emitir certificados de acciones ni declarar dividendos. Ninguna parte de sus ingresos puede redundar en beneficio alguno de sus miembros, directores, oficiales o ninguna otra persona.
En caso de disolución, todos los activos de la Asociación se transfieren a Fondos Unidos de Puerto Rico.
La Asociación se organiza para:
_Poseer, conservar y administrar las propiedades, servicios y facilidades comunes de la urbanización Palacio Imperial.
_Velar por el cumplimiento de las condiciones restrictivas de edificación y de uso, así como del reglamento que gobierna la Urbanización.
_Recolectar y desembolsar todas las cuotas, imposiciones y cargos necesarios para poseer, mantener y administrar dichas propiedades y facilidades a tenor con las disposiciones del Código de Rentas Internas de Puerto Rico.
La Asociación puede realizar cualquier negocio, transacción, objetivo o propósito y acción; así como ejercer cualquier poder, derecho y privilegio propio de una corporación sin fines de lucro bajo las leyes pertinentes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
Para cumplir con los objetivos establecidos, sin que ello suponga una limitación de sus poderes, la Asociación tiene, específicamente, la autoridad y facultad para:
_Poseer y mantener bienes muebles e inmuebles que se utilicen para el uso y disfrute de los miembros de la Asociación. Mantener, administrar y supervisar las áreas comunes, facilidades recreativas y de cualquier otro tipo, de la Urbanización.
_Proveer y contratar para dar los siguientes servicios:
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Limpieza y mantenimiento de áreas comunes, oficina de administración, canchas de baloncesto, gimnasio, gazebo, piscina, áreas verdes y “arquitectura de jardines y paisajes”
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Iluminación de áreas comunes y facilidades
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Control de acceso incluyendo, sin limitar, la contratación de su personal, instalación, mantenimiento y control de portones eléctricos, sistemas de intercomunicación, equipo de control de acceso y cualquier otro aparato para la protección de los propietarios, propiedades, áreas comunes y facilidades dentro de la urbanización
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Recogido y disposición de basura en las áreas comunes
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Exterminación y control de insectos en las áreas comunes
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Establecimiento y operación de un Comité de Control Arquitectónico
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Programas y eventos recreativos, deportivos y culturales para beneficio de los propietarios y sus invitados
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Construcción y desarrollo de mejoras en cualquier parte de las áreas comunes
La Asociación está autorizada para actuar o ejercer todo poder o facultad necesaria, apropiada y deseable, para que se logren los propósitos u objetivos que beneficien sus intereses y los de sus miembros.
Puede efectuar cualquier acción indispensable para lograr el cumplimiento de todas las condiciones restrictivas y las obligaciones y servicios delegados a la Asociación para la consecución de la buena convivencia de los propietarios.
La Asociación no tiene acciones de capital y se compone de miembros, no de accionistas.
El tipo de membresía, los derechos de votación y otras disposiciones aplicables a los miembros de la Asociación y a la Junta de Directores se reglamentan mediante las disposiciones de la Escritura sobre Declaración y Constitución de Condiciones Restrictivas de Uso y Edificación, Establecimiento de Sistema de Control de Acceso y de sus eventuales enmiendas o modificaciones.
La Junta de Directores de la Asociación puede designar uno o más comités con uno o más directores de la Asociación que actuarán según lo provisto en los estatutos.
Los miembros de la Asociación están autorizados para aprobar o enmendar estatutos de acuerdo con lo dispuesto en la Escritura de Condiciones Restrictivas y la reglamentación de la Asociación.
_Certificado de Incorporación Asoc. de Propietarios de Urb. Palacio Imperial